La violencia doméstica es un patrón de conducta donde se emplea la fuerza física, el maltrato psicológico, la agresión sexual, la intimidación o la persecución contra una persona por parte de su pareja o ex-pareja. Esta viola los derechos humanos de sus víctimas y constituye un delito, según las leyes de Puerto Rico.
Nuestra sociedad patriarcal, pensada y promovida por hombres, sustenta que el hombre, por su posición social, debe ejercer poder y control sobre su pareja. Esto explica que en el 85% de los incidentes de violencia doméstica documentados por la policía en el 2006 las víctimas fueran mujeres.
La Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Domestica, Ley Núm. 54, tipifica como delitos criminales el maltrato, el maltrato agravado, las amenazas, la restricción a la libertad y la agresión sexual conyugal.
Para proteger a las víctimas, la Ley 54 también provee como remedio civil las órdenes de protección. La violación de una de ellas constituye un delito grave que conlleva arresto inmediato.
La violencia doméstica no solo afecta a las víctimas en su entorno familiar, sino también en su ambiente laboral. Los patronos tienen la responsabilidad de trabajar procedimientos específicos para manejar apropiadamente las situaciones relacionadas a la violencia doméstica en el lugar de
trabajo.
Entre las medidas que ha establecido el Gobierno de Puerto Rico, se encuentra la exigencia a los patronos de implantar en los centros de trabajo medidas preventivas y de seguridad para proteger al personal y a las víctimas de situaciones de violencia doméstica en el ambiente laboral.
Es un acto de ataque donde no media el consentimiento de una de las personas involucradas. El móvil principal es el deseo de expresar violencia, control y dominio sobre la víctimas con el propósito de causar daño. La agresión sexual puede causar ansiedad, depresión, miedo, desorientación, confusión, impotencia, culpa, vergüenza y baja autoestima entre otros.
Formas de Agresión Sexual
La trata humana es la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, como el rapto, al fraude, el engaño al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación.
Es la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente. En la mayoría de los casos el ingreso es con documentos ilegales o sin cumplir con los requisitos solicitados por ley con el fin de obtener un beneficio financiero o un beneficio de orden material. El tráfico de personas solo se cumple cuando se cruza una frontera.
Maneras de Explotación de la Trata Humana
El hostigamiento sexual es cualquier tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual, tanto física como verbal, no deseada. Esta debe surgir de la relación de empleo y reproducir un ambiente de trabajo hostil u ofensivo, un cambio en las condiciones de trabajo o afectar las oportunidades de empleo de la persona perjudicada.
El hostigamiento sexual se puede expresar de diversas formas. Sus manifestaciones más simples incluyen lo siguiente:
Piropos
Insinuaciones Sexuales
Miradas insistentes a distintas partes del cuerpo
Narración de chistes ofensivos de carácter sexual
En su forma más cruda se manifiesta de la siguiente manera:
Pellizcos
Roces corporales
Besos
Apretones
Agresión Sexual
La mayor parte de los incidentes de hostigamiento sexual provienen de hombres a mujeres, sin embargo, la no distingue a base de sexo. También contempla el hostigamiento de hombre a hombre, de mujer a mujer o de mujer a hombre.